Desde hace unos años se busca revisar y resetear el capitalismo, dándole su verdadera dimensión. Se propone ir hacia capitalismo más noble, que favorezca el desarrollo de la sociedad y que no ponga en riesgo los recursos naturales para esta y las próximas generaciones. Sin dudas, la pandemia ha acelerado la necesidad de esta revisión.
En ese contexto, la sustentabilidad de las decisiones empresarias cobrará una importancia esencial. Las empresas siempre han sido actores imprescindibles en materia económica, pero ahora también será indispensable su aporte para la mejora social, ambiental y cultural. Por ello, más que nunca, cobra importancia un nuevo modelo empresario, a través de las empresas de “triple impacto”, cuyo objetivo es conciliar, de un modo integrado, el desarrollo económico y social, al igual que la protección del ambiente. Se trata de una nueva mirada sobre la economía que amplía la tradicional forma de desarrollo de actividades productivas –cuyo eje central ha sido la creación de riqueza para sus dueños– a un desarrollo económico que incorpora estándares de transparencia, desempeño social e impacto ambiental positivo.
Un concepto societario que permite a las empresas contribuir a mejorar la sociedad y el lugar en el que se desenvuelven, sin dejar de generar ganancias. Como afirma el empresario y filántropo Stephan Schmidheiny “No habrá empresas exitosas en sociedades fracasadas”.
Surge así una nueva forma, diferente, de hacer negocios. Un cambio de paradigma que importa una evolución de la tradicional división binaria entre organizaciones con fines de lucro -que tienen como objetivo la generación de ganancias para ser distribuidas entre sus socios- y las organizaciones sin fines de lucro. Se trata de un nuevo actor que alienta la "producción" de bienes sociales y ambientales, además de los económicos y financieros.
Este nuevo modelo económico ya tiene reconocimiento normativo en la mayoría de los Estados de los Estados Unidos, que han sancionado leyes que receptan a las empresas de triple impacto, empezando por Maryland en el año 2010, reconociendo expresamente a las denominadas “Benefit Corporations”, modelo que también tiene reconocimiento legal en Canadá y asimismo en Italia a través de las “Societa Benefit”.
En nuestra región, y con la finalidad de lograr también este reconocimiento legal, desde el año 2014 un grupo de abogados latinoamericanos ha estado trabajando para la concientización de este nuevo modelo societario y la sanción de las normas que lo recepten.
Estas leyes, generalmente denominadas Leyes BIC, otorgan reconocimiento legal a las empresas de triple impacto a través de la figura de las “Sociedades de Beneficio de Interés colectivo”, conocidas también como sociedades BIC, regulando su desarrollo y promoviendo la transparencia de su gestión social y ambiental de cara a la sociedad.
Hoy Colombia, Perú, Ecuador y Uruguay cuentan con Leyes BIC sancionadas por sus respectivos Congresos.
En nuestro país, la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción, en el año 2018, a un proyecto de Ley que las receptaba permitiendo su identificación, mediante la incorporación de los elementos esenciales de este nuevo modelo, esto es el triple impacto como objeto social, el resguardo de la responsabilidad de los administradores en la toma de decisiones societarias atendiendo los intereses de los “stakeholders” y el reporte y transparencia en el desarrollo de la gestión. Lamentablemente su tratamiento en el Senado se dilató, dando lugar a la perdida del “estado parlamentario” del proyecto aprobado por los Diputados.
No obstante ello, y conscientes de la necesidad de dar respuesta normativa a esta nueva forma societaria que refleja la evolución de la economía en todas sus dimensiones humanas al reducir la inequidad social y promover la conservación de los ya exiguos recursos del planeta, varios legisladores nacionales han presentado nuevos proyectos para el reconocimiento legal de las Sociedades BIC. Existen actualmente tres proyectos en consideración de las diferentes Cámaras de nuestro Congreso, presentados por la Diputada Camila Crescimbeni, por la Senadora Gladys Gonzalez y por el Senador Antonio J. Rodas.
Sería deseable que Argentina logre también tener una Ley BIC aprobada por nuestros legisladores nacionales, contando así con una herramienta legal indispensable para el reconocimiento de las “Sociedades B.I.C.”. Ello, sin dudas, contribuirá a acelerar el desarrollo de marcos normativos -nacionales, provinciales y municipales- para todo el ecosistema de triple impacto, permitiendo la identificación de este nuevo modelo empresario en el desempeño de su actividad, en el desarrollo de políticas públicas y particularmente en la participación en procesos de Compras Públicas Sostenibles y para la promoción de las inversiones de impacto, potenciando así a las empresas que integran en su negocio la creación de valor económico, social y ambiental.