El mercado de capitales juega un papel fundamental en cualquier economía, ya que desempeña un papel crucial en la asignación eficiente de recursos financieros, el crecimiento económico y el desarrollo sostenible. Algunas razones que destacan su importancia son: financiamiento para empresas, inversión y ahorro, eficiencia económica, descubrimiento de precios, facilita la liquidez, impulsa la innovación y el crecimiento económico y aporta transparencia.

Profundizaremos en cada uno de estos aspectos.

El mercado de capitales proporciona una vía para que las empresas obtengan financiamiento a largo plazo emitiendo acciones o bonos. Esto les permite financiar proyectos de expansión, investigación y desarrollo, adquisiciones y otros tipos de inversiones que impulsan su crecimiento.

Los inversores, tanto individuales como institucionales, tienen la oportunidad de invertir sus ahorros en una amplia gama de instrumentos financieros. Esto les ayuda a diversificar sus carteras y a buscar rendimientos adecuados de acuerdo con sus objetivos y tolerancia al riesgo.

El mercado de capitales facilita la transferencia de fondos de aquellos que tienen excedentes de capital a aquellos que necesitan financiamiento. Esto mejora la eficiencia económica al asegurarse de que los recursos estén disponibles para proyectos productivos en lugar de quedar inmovilizados.

Con respecto al descubrimiento de precios, los mercados de capitales proporcionan un mecanismo transparente y público para determinar el precio justo de los activos financieros. La interacción entre compradores y vendedores en estos mercados ayuda a establecer precios basados en la oferta y la demanda.

La existencia de mercados secundarios permite a los inversores comprar y vender activos financieros después de su emisión inicial. Esto aumenta la liquidez y la accesibilidad de los activos, lo que a su vez puede atraer a más inversores.

Las empresas que buscan financiamiento a través del mercado de capitales a menudo deben presentar planes y estrategias sólidas. Esto fomenta la innovación y la mejora de la gestión empresarial para atraer inversores.

Un mercado de capitales desarrollado está vinculado al crecimiento económico a largo plazo. Las inversiones en infraestructura, tecnología y otros sectores impulsados por el financiamiento del mercado de capitales pueden estimular la economía y crear empleo.

Los mercados de capitales están sujetos a regulaciones y requisitos de divulgación que promueven la transparencia y la protección de los inversores. Esto ayuda a generar confianza en el sistema financiero y evitar prácticas fraudulentas.

Por todo lo expuesto, el mercado de capitales es esencial para el funcionamiento saludable de una economía al proporcionar canales de financiamiento, fomentar la inversión, mejorar la eficiencia en la asignación de recursos y contribuir al crecimiento económico y la innovación.

Como atraer inversiones del exterior es la premisa que se plantea cualquier gobierno como forma de comenzar a resolver los problemas macroeconómicos actuales.

Atraer inversores del exterior al mercado de capitales de un país es una estrategia importante para promover la inversión, el crecimiento económico y la expansión de los mercados financieros.

No es el objeto de este texto analizar causas y soluciones a brindar, si no presentar las opciones regulatorias que esboza el mercado a fin de facilitar el ingreso de inversiones del exterior. Contar con un marco regulatorio transparente es una de las premisas clave. Proporcionar regulaciones claras, transparentes y bien establecidas es esencial. Las regulaciones deben proteger los derechos de los inversores y garantizar un entorno equitativo para todas las partes.

A su vez, garantizar la protección de los derechos de propiedad y establecer mecanismos efectivos para resolver disputas comerciales es fundamental para obtener la confianza de los inversores extranjeros.

Otro aspecto fundamental para atraer capitales es generar incentivos fiscales como exenciones de impuestos sobre las ganancias de capital o dividendos. Esto puede hacer que el mercado de capitales sea más atractivo para los inversores extranjeros.

Proporcionar información oportuna y precisa sobre las oportunidades de inversión, así como datos financieros y económicos actualizados, ayuda a los inversores a tomar decisiones informadas.

Conectar el mercado de capitales local con mercados globales más grandes puede aumentar su atractivo para los inversores extranjeros al proporcionarles acceso a una mayor diversidad de oportunidades.

Fomentar la transparencia en las prácticas empresariales y promover estándares sólidos de gobernanza corporativa puede aumentar la confianza de los inversores en las empresas locales.

Ofrecer programas de educación financiera y asesoramiento para inversores extranjeros puede ayudarles a comprender mejor el mercado local y sus oportunidades.

Firmar tratados de inversión y acuerdos bilaterales con otros países puede proporcionar protecciones adicionales a los inversores extranjeros y fomentar la inversión cruzada.

En última instancia, atraer inversores extranjeros al mercado de capitales requiere un enfoque integral que combine políticas macroeconómicas sólidas, regulaciones transparentes, incentivos adecuados y una promoción efectiva.

¿Cuáles son los desafíos para el directorio de una sociedad en la búsqueda de atraer inversiones del exterior?

Atraer inversiones del exterior es un desafío importante para el directorio de una sociedad, ya que implica la responsabilidad de tomar decisiones estratégicas y crear un ambiente atractivo para los inversores extranjeros.

Existen factores internos y externos.  Algunos de los desafíos clave que enfrenta un directorio en esta búsqueda incluyen:

Competencia global El mundo empresarial es altamente competitivo, y atraer inversión extranjera a menudo significa competir con otras regiones y países que también buscan inversiones. El directorio debe destacar las ventajas competitivas de su sociedad.

Riesgo cambiario: Los inversores extranjeros deben lidiar con el riesgo cambiario, ya que las fluctuaciones en las tasas de cambio pueden afectar sus inversiones. El directorio debe considerar estrategias para mitigar este riesgo.

Cultura empresarial y ética: Las diferencias culturales y éticas pueden afectar las relaciones comerciales con inversores extranjeros. El directorio debe comprender y respetar las expectativas y normas culturales de los inversores.

Infraestructura y logística: La disponibilidad de una infraestructura adecuada y una logística eficiente son importantes para atraer inversiones. El directorio debe garantizar que la sociedad tenga la infraestructura necesaria.

Recursos humanos calificados: Los inversores extranjeros suelen buscar acceso a una fuerza laboral altamente calificada. El directorio debe promover la educación y capacitación para mantener y atraer talento.

Acceso a mercados internacionales: Los inversores extranjeros a menudo buscan oportunidades que les permitan acceder a otros mercados internacionales. El directorio debe considerar cómo puede facilitar esto.

Transparencia y gobernanza corporativa: La transparencia y una sólida gobernanza corporativa son esenciales para ganarse la confianza de los inversores extranjeros. El directorio debe promover prácticas transparentes y sólidas en la sociedad.

Red de contactos y promoción: El directorio debe trabajar en establecer una red de contactos a nivel internacional y promocionar activamente la sociedad como un destino atractivo para la inversión extranjera.

Evaluación de riesgos: Antes de atraer inversores, el directorio debe realizar una evaluación exhaustiva de los riesgos involucrados en el negocio y comunicar estos riesgos de manera transparente a los inversores.

Cambio en la percepción y la imagen: Si la sociedad tiene una percepción negativa en el extranjero, el directorio debe trabajar en cambiar esa imagen a través de estrategias de relaciones públicas y marketing.

Respecto a los factores de coyuntura, encontramos los siguientes:

Estabilidad política y económica: Los inversores extranjeros buscan estabilidad en el país donde planean invertir. La incertidumbre política o económica puede disuadir a los inversores. El directorio debe trabajar en asegurar un entorno estable.

Regulaciones y marco legal: Las regulaciones y las leyes pueden variar significativamente de un país a otro. El directorio debe estar al tanto de las regulaciones relevantes y garantizar que sean favorables para los inversores extranjeros.

En resumen, atraer inversiones del exterior implica una serie de desafíos, que van desde la competencia global hasta cuestiones relacionadas con la estabilidad política, legal y económica. El directorio debe abordar estos desafíos de manera estratégica y proactiva para atraer inversores extranjeros y promover el crecimiento de la sociedad.

 

Con la finalidad de favorecer el acceso al mercado de capitales argentino de emisores extranjeros y, al mismo tiempo, brindar a los inversores nuevas alternativas de diversificación de cartera, la Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó la Resolución General N° 930 (RG), mediante la cual se constituye un régimen especial para empresas extranjeras con listado en el exterior que se denomina “Régimen especial de doble listado de empresas extranjeras”.

Mediante esta resolución se crea un régimen especial para entidades extranjeras que soliciten el ingreso al régimen de oferta pública en el país para ofrecer sus acciones que componen su capital social actual o mediante el ofrecimiento de nuevas acciones a emitirse y que, previo a la solicitud, se encuentren listadas en uno o más mercados del exterior (los cuales deberán encontrarse debidamente autorizados por el organismo regulador competente).

Entre los principales requisitos para acceder al Régimen Especial, figuran las siguientes obligaciones:

Constitución del domicilio: acreditar la inscripción de la emisora en los términos del art. 118 de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias, fijando un domicilio en el país, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que guarden relación con la oferta o negociación de las acciones de la emisora en el país

constituir un domicilio electrónico en el país;

Negociación en el extranjero: acreditar que las acciones negocien y/o listen en al menos un mercado del exterior; y

mantener vigentes las condiciones para hacer oferta pública de acuerdo con la legislación del o de los mercados del exterior donde se listan y negocian las acciones, durante todo el tiempo que se encuentre en el Régimen Especial.

En cuanto a la permanencia bajo el Régimen Especial, la CNV que entidades que soliciten autorización bajo este Régimen Especial de Doble Listado deberán cumplir las siguientes condiciones durante toda la vigencia de la autorización de oferta pública:

No encontrarse alcanzada por restricción o prohibición legal dictada en el país de constitución, que impida el desarrollo en el mismo de actividades previstas en su estatuto o contrato constitutivo.

No estar constituida en jurisdicciones consideradas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI- FATF) como jurisdicciones que presentan deficiencias estratégicas en la prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, denominadas jurisdicciones de alto riesgo o no cooperantes.

Mantener vigente las condiciones que, conforme a la legislación del o los mercados donde se encuentren listadas las acciones del emisor, permitan que tales valores sean objeto de oferta pública en ese o esos mercados.

Cumplir con la totalidad de las disposiciones establecidas en este Régimen Especial de Doble Listado o las que resulten de aplicación por referencia, en su caso.

Procedimiento para la solicitud de ingreso al régimen especial de doble listado

La solicitud de autorización de ingreso al Régimen Especial de Doble Listado y listado en un mercado autorizado por la Comisión, comprenderá las acciones que componen el capital social de la entidad interesada y se encuentren autorizadas a la oferta pública en el exterior, debiendo, dicha solicitud, ser presentada directamente ante el mercado en el que se vaya a solicitar el listado, firmada por el representante legal o apoderado de la sociedad designado en el país y acompañando de la documentación requerida en el inciso C) art. 1° BIS, Seccion I, Capítulo VIII del Título II de las NORMAS CNV (TO 2013 y mod).

Entre ella se menciona la siguiente documentación a ser presentada ante el organismo:

Constancia de inscripción ante el Registro Público, en los términos del artículo 118 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 y modificatorias.

Acta del órgano competente que haya resuelto solicitar la autorización de oferta pública y listado en el país.

Acta de designación de representante legal en el país donde y delegación de facultades.

Constancias de que las acciones de la sociedad se encuentran autorizadas a listar o listar en uno o más mercados del exterior.

Declaración jurada emitida por el representante legal en el país o apoderado, de la que surja que se cumplen con los requisitos para el acceso al régimen y las condiciones para mantenerlo, que posee la titularidad de activos no corrientes en otras sociedades (dentro o fuera del país) o activos fijos en el lugar de constitución de la sociedad o en el país o concesiones u otros contratos similares vigentes para el desarrollo de actividades productivas en el país; la descripción del régimen informativo periódico a que se halla sujeta la sociedad en cada mercado extranjero donde listan sus acciones.

Descripción del procedimiento previsto en esos mercados del exterior donde se encuentra listada la emisora para los supuestos de retiro o cancelación en dichos mercados del exterior.

Domicilio electrónico, indicación de los sitios en internet del mercado/s en que lista/n los valores, del regulador extranjero al que se encuentra sujeto y del emisor de las acciones, donde esté disponible al público la información relativa a la sociedad y del sitio en internet y link de acceso donde se encuentren publicados los Estados Financieros de los TRES (3) últimos ejercicios anuales.

Solo si el idioma del país de origen fuese diferente al español o al inglés, los mismos deberán ser enviados a través de la autopista de la información financiera (AIF) traducidos al español por traductor público matriculado.

La RG prevé también, en el marco de lo establecido por el artículo 80 de la Ley N° 26831 y como requisito a los fines de obtener la autorización para ingresar al Régimen Especial, la necesidad de que la emisora del exterior cuente con una opinión de precalificación de un mercado local debidamente autorizado por la CNV donde las acciones pretendan ser listadas o negociadas. Asimismo, se impone a los mercados autorizados una serie de obligaciones para la difusión de precios y volúmenes de dichos valores negociables operados en otras plazas, advertencias para inversores, entre otras.

En los casos de retiro del Régimen Especial, donde resulta de aplicación lo dispuesto para el retiro de las emisoras del régimen de oferta pública conforme lo establecido en el Título III del Texto Ordenado de la CNV, no será aplicable la obligación de efectuar una oferta pública de adquisición.

Asimismo, se dispone que, en los casos de retiro o cancelación en el o los mercados del exterior donde se encuentren listadas las acciones del emisor, deberá seguirse el procedimiento previsto en aquellos mercados.

En resumen, el nuevo régimen simplifica los requisitos reglamentarios para obtener la autorización, así como los de tipo informativo que las emisoras deben cumplir ante la CNV y los mercados locales, dado que se tiene en cuenta la información divulgada en los mercados del exterior en donde listen. También se establece en la reglamentación pautas claras para el supuesto de retiro o cancelación de la autorización tanto en el mercado del exterior como el local.

En la presentación de gran parte de la documentación necesaria para la autorización, se permite su acreditación firmada por el representante legal o apoderado, indicando el o los sitios en internet o de los mercados en que listan los valores, del regulador extranjero al que se encuentra sujeto y del emisor de los valores negociables, donde esté disponible al público la información relativa a la sociedad. Así mismo, el régimen admite que los estados financieros sean presentados en el idioma original y solo se exige su traducción en caso de que se encuentren redactados en un idioma diferente al español o al inglés.

*Graduada DICA IV
Contadora pública especializada en normas contables nacionales e internacionales. Cuenta con una amplia trayectoria en el mercado de capitales. Se desempeña en la Subgerencia de Control Contable de la Comisión Nacional de Valores.