El reciente fracaso de la Ley Ómnibus en la Cámara de Diputados nos ha alertado sobre algo. Muchas reformas necesarias pensadas y propuestas por la Administración Milei no tienen consenso político, más allá de que han sido apoyadas implícitamente por una fuerte mayoría de los votantes.

Así, la necesaria privatización de las EPEs tendrá que encontrar otro tiempo y otro mecanismo. La visión optimista inicial da paso a una previsible necesidad de correr una maratón completa más que un sprint de 100 metros…

Queda lamentablemente otra espina en la planta del pie. Una que hasta ahora no se ha hecho notar en medio de la catarata de urgencias que debe sentir el nuevo gobierno.

FGS – OTRO FRANKENSTEIN DE LA ÉPOCA PASADA

El Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) es un fondo soberano de inversión argentino, compuesto por diversos tipos de activos financieros, y es parte del Sistema Integrado Previsional Argentino.

Las inversiones del FGS procuran promover el crecimiento económico, generar más empleos y evitar la especulación financiera. El rendimiento de los activos ha sido utilizado como fuente de financiamiento para programas de seguridad social, incluyendo Conectar Igualdad y PRO.CRE.AR, entre otros.

Haciendo memoria: el 4 de diciembre de 2008 se promulgó la Ley 26.4251​ que en su artículo primero dispone la unificación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones en un único régimen previsional público denominado Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Las disposiciones reglamentarias terminaron de configurar el nuevo sistema y el total de los fondos administrados por las AFJP se traspasaron en especie al FGS. El FGS está compuesto por diversos tipos de activos financieros. En el momento del traspaso, 5 de diciembre de 2008, estaba valuado en $ 98 224 millones de pesos.

Entre los activos que maneja se encuentran títulos públicos, acciones de empresas, tenencias de plazos fijos, obligaciones negociables, fondos comunes de inversión, valores representativos de deuda emitidos en el marco de fideicomisos y cédulas hipotecarias.

Los criterios de inversión establecidos para su operación son:
Seguridad
Rentabilidad
Sustentabilidad

El director ejecutivo de la Anses administra el FGS con la asistencia de un Comité Ejecutivo, que está integrado por los Secretarios de Finanzas, Hacienda y Política Económica.  Adicionalmente, el Subdirector de Operación del FGS de Anses es el secretario ejecutivo del comité.

La cartera de acciones en manos del fondo de Anses y que el Gobierno busca que pase a ser parte de los activos del Tesoro, en tanto, ronda los USD 5.678 millones, el 17,4% del total invertido. En moneda doméstica, representa 4,7 billones de pesos. Del total de acciones, un 20% son papeles de Ternium (poco menos de $ 1 billón). Otras tenencias importantes incluyen Pampa Holding (10,2% del total), Transportadora Gas del Sur (9,4%), Banco Macro (9,1%) y Grupo Financiero Galicia (8,1 por ciento).

YERBAS REMANENTES

Un costado de la situación es financiero. La nacionalización de las AFJPs ha llevado a que la participación en el paquete accionario de las empresas cotizantes sea sustancial en algunos casos. Una liquidación inteligente de dichos paquetes es imperativa por dos razones. Hay valor para ser realizado y contribuir a descomprimir la crisis fiscal. Por otro lado, su sola tenencia no deja de ser un uso discutible de recursos públicos esta inversión en activos que tienen demanda en el mercado de capitales.

Otro costado involucra aspectos de gobernanza. El FGS ha designado ya desde 2013 a directores para que lo representen en las empresas participadas. El problema paralelo

SACARSE LA ESPINA PARA PODER CAMINAR TRANQUILO

Además de la consolidación de la deuda pública que buscaba la Ley Ómnibus, deshacerse de acciones de empresas que cotizan en Bolsa implica una clara reducción del rol del Estado en el sector privado. En un sistema que no posee una lógica actuarial para el cálculo de recursos o para el cálculo de las remuneraciones pasivas la mera existencia del FGS es completamente injustificada.

Mientras aguardamos la liquidación de estos activos, la designación de directores por el FGS debería seguir las normas del mercado de capitales – eliminando la injustificada designación de esos individuos como funcionarios del Estado cuando sólo deben priorizar el cumplimiento de sus deberes como directores en el marco de la Ley General de Sociedades y el ordenamiento del sistema de oferta pública.